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Plan Especial de Proteccion del Dolmen de Dombate
Autor: Glez.-Cebrián y colaboradores
Publicado: Junio 2002
Páginas/Duración: 70 Páxinas
Idioma: Castelán

   El Plan Especial de Protección del Dolmen de Dombate, que se desarrolla en las páginas que siguen, se constituye como el documento urbanístico mediante el cual se regulan los usos que puedan existir vinculados a la protección integral de la zona del yacimiento arqueológico.

   Se cumple así con las determinaciones del Plan General de Ordenación del municipio de Cabana de Bergantiños, donde se establece la delimitación de dos ámbitos de planeamiento especial para los yacimientos arqueológicos del Castro de Borneiro («A Cidá») y del Dolmen de Dombate, respectivamente, admitiéndose, tanto la elaboración de un Plan Especial en conjunto para ambos enclaves como un Plan para cada zona.

   Asimismo, se da cumplimiento a lo exigido en la Ley de Patrimonio Histórico Español, que señala, en su artículo 20, la necesidad de realizar el correspondiente Plan Especial en aquellas zonas arqueológicas que hayan sido declaradas como Bienes de Interés Cultural (el Dolmen de Dombate se encuentra declarado Monumento Provincial Histórico Artístico mediante Decreto 728/ 1978 de 11 de Marzo).

   Además de la protección integral del yacimiento y la conservación de elementos del entorno que pueden tener trascendencia para la comprensión del mismo, se han abordado, como temas fundamentales, la previsión de zonas de aparcamiento para vehículos y la localización del futuro centro de recepción de visitantes.

   La elaboración del presente Plan Especial de Protección recoge los trabajos anteriores, llevados a cabo por un equipo multidisciplinar integrado por el arquitecto de la Diputación Provincial, Fernando Cebrián del Moral, el arqueólogo José Mª Bello y el restaurador Fernando Carrera, en lo que se refiere a las distintas actuaciones previstas para la conservación del Dolmen de Dombate, complementándose con los contenidos urbanísticos exigidos para la ordenación del yacimiento y su entorno dentro del planeamiento municipal, siendo necesaria la elaboración de los correspondientes proyectos puntuales y su autorización de la Dirección Xeral de Patrimonio, para el desarrollo de las actuaciones previstas.